Normativa sobre revisión de EPIs para trabajos en altura

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Los EPIs para trabajos en altura tienen que pasar, por normativa, revisiones periódicas de seguridad. En este artículo te contamos todo lo que debes saber al respecto, así como nuestro servicio de revisión para que no tengas nada de qué preocuparte. Sin más dilación, ¡entremos en materia!

Legislación y normativa

Normativa sobre revisión de EPIs para trabajos en altura
 

La legislación y normativa para la revisión de EPIs para trabajos en altura contempla lo siguiente:

  • Las revisiones de los equipos de altura y, entre ellos, el arnés de seguridad, son obligatorias según establecen las normativas recogidas en el Real Decreto 1215/97. En su artículo 3 establece al empresario como el encargado de adoptar medidas necesarias de mantenimiento para que los equipos de trabajo se conserven durante el tiempo de utilización, siempre bajo las instrucciones del fabricante.
  • Esta misma idea se traslada en el RD 773/97, estableciendo en su artículo 7 que la utilización, mantenimiento, limpieza y desinfección deben estar de acuerdo con las instrucciones proporcionadas por el fabricante de los equipos. A estas normativas que establecen un cierto criterio común en que el encargado de los equipos debe mantenerlos de acuerdo con las instrucciones dadas desde el fabricante, se suman las evidentes recomendaciones dadas de que este tipo de equipos estén en condiciones óptimas y testadas durante toda su vida útil.
  • La norma que aplica a estos equipos y que define con más concreción las condiciones de revisión es la UNE-EN 365:2005 – Equipo de protección individual contra las caídas de altura. requisitos generales para las instrucciones de uso, mantenimiento, revisión periódica, reparación, marcado y embalaje.
    En el punto 4.4 de dicha norma se indica lo siguiente:

a) Advertencia para recalcar la necesidad de las revisiones periódicas regulares, y que la seguridad de los usuarios depende de la continua eficacia y durabilidad del equipo.

b) Recomendación relativa a la frecuencia de las revisiones periódicas, teniendo en cuenta factores como legislación, tipo de equipo, frecuencia de uso y condiciones ambientales. La recomendación debe incluir una declaración relativa a que la frecuencia de la revisión periódica debe ser al menos cada 12 meses.

c) Advertencia para recalcar que las revisiones periódicas sólo pueden ser efectuadas por personas competentes para ello y siguiendo estrictamente los procedimientos para la revisión periódica del fabricante.

De este modo, la normativa determina que las revisiones se deben llevar a cabo cada año o incluso cada menos tiempo si así lo establece el fabricante.

Nuevo servicio de revisión de EPIs

Mediante nuestro Departamento de Master Service, incorporamos el nuevo servicio Master Service EPI EN365 de revisión de equipos anticaída Würth. Para más información acerca de este servicio, puedes ponerte en contacto con tu comercial.

Ficha de revisión de EPIs Würth para trabajos en altura
 

A modo de síntesis, en este artículo hemos revisado la normativa y legislación sobre la revisión de EPIs para trabajo en altura, fundamental para mantener los equipos en estado óptimo y maximizar la seguridad del operario en este tipo de trabajos. Para cualquier consulta no dudes en contactarnos, ¡estaremos encantados de atenderte.

 
 

Autoría

Departamento de Prescripción de Gama